Normas Generales de Competición

Verificación Técnica y Régimen Disciplinario

Este compendio establece el conjunto de normas que regulan la participación de los corredores de HISP en competiciones desarrolladas en la plataforma Zwift, ya sean organizadas por el propio Club o por terceros (ZRL, TTT WTRL u otras).

Su finalidad es preservar la integridad deportiva, garantizar la igualdad de condiciones entre participantes y asegurar que la competición se desarrolle bajo principios de juego limpio.

La participación en cualquier evento competitivo implica la aceptación íntegra de estas Normas.

Capítulo I: Normas de Participación en Eventos Zwift

Artículo 1. Ámbito de aplicación

Las presentes normas serán de obligado cumplimiento para todos los corredores del Club que participen en competiciones organizadas por el Club o por terceros en las que el Club esté representado.

Artículo 2. Responsabilidades según el tipo de evento

2.1. Eventos organizados por terceros

Cuando el equipo participe en competiciones organizadas por otra entidad (como la Zwift Racing League de WTRL):

  • El Manager y/o Capitán del equipo ostenta la autoridad y responsabilidad sobre el equipo.
  • Decide alineaciones, descartes y cualquier otra decisión concerniente al equipo.
  • Es responsable de garantizar el cumplimiento de las normas del organizador.

En caso de sanciones oficiales (descalificación por parte de WTRL, suspensión de Zwift u otras medidas), el Club aceptará dichas sanciones, las comunicará formalmente a los afectados y podrán derivar en sanciones internas adicionales en el marco competitivo.

2.2. Eventos organizados por el Club

Las normas específicas se podrán publicar antes del inicio de cada competición y tendrán como finalidad evitar cualquier forma de ventaja injusta derivada de manipulación del peso, falsedad en la potencia o uso de trucos técnicos.

Artículo 3. Normas de participación

3.1. Exactitud de los datos personales y factor edad

Los siguientes datos deberán ser exactos y estar actualizados: peso, altura, edad y nombre en Zwift.

Se admite una fluctuación razonable de hasta tres (3) kilogramos o un cinco por ciento (5%) entre carreras consecutivas. En caso de variaciones superiores, los administradores podrán solicitar aclaraciones.

El factor edad será considerado en el análisis de rendimiento.

3.2. Cuenta personal e intransferible

Cada corredor deberá disponer de una cuenta Zwift personal e intransferible. El uso compartido constituye falta grave.

3.3. Equipamiento técnico

El participante deberá disponer de rodillo o bicicleta compatible con Zwift, correctamente calibrada y con firmware actualizado.

3.4. Conducta deportiva

Se prohíben insultos, acoso y lenguaje discriminatorio.

3.5. Coherencia de potencia

Rangos orientativos:

Principiante: 1.7 – 2.5 W/kg
Entrenamiento regular: 2.5 – 3.5 W/kg
Rider fuerte / Competición: 3.5 – 4.5 W/kg
Élite Amateur: +5.0 W/kg

Artículo 4. Procedimiento ante posibles anomalías

  • Observación: Cualquier irregularidad deberá comunicarse de forma privada a un administrador.
  • Verificación inicial: El administrador revisará la información en ZwiftPower u otras fuentes. Si no existen pruebas sólidas, el procedimiento se dará por concluido.
  • Conversación privada: Si existen indicios razonables, el administrador contactará de forma privada con el corredor afectado.
  • Derecho de respuesta: El corredor podrá explicar la situación o aportar evidencias. Si la explicación resulta razonable, el caso se archivará y se documentará internamente. En caso contrario se propondrá una sanción.

Capítulo II: Normativa de Verificación Técnica y Privacidad

Artículo 5. Transparencia deportiva

Es obligatorio mantener el perfil de ZwiftPower en modo público para participar en las clasificaciones oficiales del Club.

Artículo 6. Gestión del historial de datos

El borrado, ocultación o manipulación del historial podrá implicar el estado de "No Clasificable" durante un máximo de tres (3) meses por decisión mayoritaria de la Junta. Dicha condición podrá revocarse por mayoría.

Artículo 7. Nuevos corredores

Los nuevos deportistas sin historial previo estarán sujetos a un periodo de observación de cinco (5) carreras antes de figurar en clasificaciones oficiales.

Artículo 8. Confidencialidad

Toda comunicación relativa a datos de rendimiento, parámetros físicos o incidencias técnicas se realizará de forma estrictamente privada entre el Administrador y el corredor afectado.

Capítulo III: Régimen Disciplinario

Artículo 9. Niveles de sanción

Nivel 1
Advertencia Formal

Sanción posible: Advertencia documentada y/o penalización leve de hasta 30 segundos.

Derecho a apelación: 7 días.

Constituyen infracciones leves:

  1. Variaciones de peso superiores a tres (3) kilogramos o al cinco por ciento (5%) sin comunicación previa, cuando exista justificación razonable posterior.
  2. Errores puntuales en la actualización de datos personales.
  3. Perfil de ZwiftPower temporalmente en modo privado sin requerimiento previo.
  4. Comentarios inapropiados en chat que no constituyan acoso ni conducta discriminatoria.
  5. Retraso o falta leve de colaboración en el procedimiento de verificación.
  6. Primera anomalía de rendimiento sin indicios claros de manipulación.

Se considerarán leves cuando no exista intención de obtener ventaja competitiva indebida.

Nivel 2
Penalización de tiempo o descalificación

Sanción posible: Penalización de 1 a 5 minutos, último puesto en categoría o descalificación directa.

Requiere: Mayoría de la Junta Directiva.

Derecho a apelación: 7 días.

Constituyen infracciones graves:

  1. Reincidencia en infracciones de Nivel 1 dentro de un período de tres meses.
  2. Variaciones reiteradas de peso o falsedad de los demás datos físicos. Falsedad de la edad que pueda alterar la correcta valoración del corredor.
  3. Rendimientos anómalos persistentes sin explicación técnica razonable, por ejemplo: aumento de forma continuada la relación de vatios/kilogramo por encima de la media de la categoría y en comparación con la progresión histórica del corredor sin una explicación razonable.
  4. Negativa injustificada a facilitar aclaraciones en el procedimiento del Artículo 4.
  5. Perfil de ZwiftPower en modo privado tras requerimiento expreso de la Administración.
  6. Uso de configuraciones técnicas incorrectas que alteren la medición de potencia.
  7. Conducta tóxica reiterada en chat o comunicaciones oficiales.

Se considerará agravante cuando la conducta altere resultados o clasificaciones oficiales del Club.

Nivel 3
Exclusión temporal

Sanción posible: Exclusión de competiciones del Club entre dos semanas y tres meses.

Requiere: Mayoría de la Junta.

Derecho a apelación: 7 días.

Constituyen infracciones muy graves:

  1. Uso deliberado de configuraciones o dispositivos destinados a alterar artificialmente la potencia.
  2. Cesión o uso compartido de cuenta de forma reiterada.
  3. Manipulación, borrado u ocultación del historial con finalidad malintencionada, u ocultar información relevante para la competición o la labor del administrador.
  4. Negativa total y absoluta a colaborar en una investigación formal.
  5. Reincidencia en infracciones de Nivel 2.
  6. Conductas que dañen gravemente la imagen del Club.

Podrá validarse con Zwift a criterio de la Junta.

Nivel 4
Exclusión de ZwiftPower como miembro del Club

Sanción posible: Expulsión del Club en ZwiftPower con posibilidad de readmisión a criterio de la Junta.

Requiere: Mayoría de la Junta.

Derecho a apelación: 7 días.

Constituyen infracciones extremadamente graves:

  1. Conductas de fraude y manipulación de datos de forma grupal para menoscabar la competición.
  2. Dos (2) sanciones nivel 3 en seis (6) meses.
  3. Cinco (5) sanciones nivel 2 o tres (3) en doce (12) meses.
  4. Conductas que comprometan de forma grave y acreditada la integridad competitiva del Club.
  5. Datos manifiestamente superiores a un ciclista aficionado, por ejemplo, más de cinco (5) W/kg en veinte (20) minutos o seis (6) W/kg en cinco (5) minutos, sin justificación acreditada.

Podrá validarse con Zwift a criterio de la Junta.

Capítulo IV: Derechos Fundamentales del Corredor

  • Derecho a conocer con precisión la anomalía investigada y las pruebas que obren en su contra.
  • Derecho a presentar alegaciones en un plazo de 7 días.
  • Derecho a la privacidad durante todo el procedimiento.